En el documental entrevista “Francisco” dirigido por Evgeny Afineevsky, el papa afirmó: “Lo que tenemos que hacer es una ley de convivencia civil. Tienen derecho a estar cubiertos legalmente”. Después, las redes estallaron. Lo volvió a hacer Francisco, tiene el don de ser el centro del huracán. En estas breves líneas intentaré sintetizar los límites y alcances de la referencia papal, en atención al contexto en que lo dijo y la doctrina magisterial precedente.
Francisco habla del tema respondiendo a una pregunta sobre si está bien llevar a los hijos de parejas homosexuales al catecismo. Dice que tienen derecho a tener una familia y que no deben ser echados de la misma por su condición. Lo dice en un documental, lo que propiamente hablando no es magisterio oficial de la Iglesia, pero sí expresa, indudablemente, la mente del pontífice. ¿Qué quiere decir esto? Que su intención no es modificar la doctrina, sino interpretarla, matizando los alcances de algunas afirmaciones.
¿Qué dice la doctrina? Lo de siempre, que no ha cambiado. Dos referencias son particularmente importantes, quizá para algunos incómoda: Catecismo 2357: “los actos homosexuales son intrínsecamente desordenados… Son contrarios a la ley natural. Cierran el acto sexual al don de la vida. No proceden de una verdadera complementariedad afectiva y sexual. No pueden recibir aprobación en ningún caso”. Más reciente, durante el pontificado de Francisco, tenemos Amoris laetitia 251: “no existe ningún fundamento para asimilar o establecer analogías, ni siquiera remotas, entre las uniones homosexuales y el designio de Dios sobre el matrimonio y la familia”. Es decir, dicho mal y pronto, la Iglesia católica, y Francisco con ella, siguen considerando los actos (esta última palabra es importante) homosexuales como un pecado. Siguen afirmando que el matrimonio es exclusivo entre el hombre y la mujer, siendo contrario el matrimonio homosexual al designio de Dios.
¿Qué es entonces lo que matiza Francisco? Dos documentos de la Congregación para la Doctrina de la Fe, aprobados por san Juan Pablo II cuando Joseph Ratzinger era prefecto. La Nota doctrinal sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política, del 2002 y Consideraciones acerca de los proyectos de reconocimiento legal de las uniones entre personas homosexuales, del 2003. Quiero subrayar la palabra “matiza”, es decir, propiamente hablando no cambia lo que ahí se dice, sino lo interpreta. En el primer texto dice: “la conciencia cristiana bien formada no permite a nadie favorecer con el propio voto la realización de un programa político o la aprobación de una ley particular que contengan propuestas alternativas o contrarias a los contenidos fundamentales de la fe y la moral… A la familia no pueden ser jurídicamente equiparadas otras formas de convivencia, ni éstas pueden recibir, en cuánto tales, reconocimiento legal”. Mientras que en el segundo afirma: “Ante el reconocimiento legal de las uniones homosexuales, o la equiparación legal de éstas al matrimonio con acceso a los derechos propios del mismo, es necesario oponerse en forma clara e incisiva… el respeto hacia las personas homosexuales no puede en modo alguno llevar a la aprobación del comportamiento homosexual ni a la legalización de las uniones homosexuales”. Es decir, como legislador supremo de la Iglesia, interpreta que ese texto se refiere exclusivamente al matrimonio homosexual, no a “una ley de convivencia civil”. ¿Es lo mismo que “unión civil”? Pienso que sí.
De fondo, ¿qué es lo que está haciendo Francisco? Ha dado un paso más en lo que se refiere al valor de la secularidad en la Iglesia y a la laicidad del Estado. Para entenderlo, es preciso distinguir entre ética personal y ética política. No ha cambiado la percepción del acto homosexual como pecaminoso –ética personal–, pero sí ha dado un paso decidido en orden a reafirmar la legítima autonomía del Estado en orden a sus fines (la Paz, la Justicia, el Bien Común), y con ello a la laicidad (ética política). El Estado no me puede impedir tener “malos pensamientos” (asunto personal), y puede regular la prostitución o el consumo de marihuana (aunque sean prácticas inmorales). En este caso, se limita a reconocer que existen parejas del mismo sexo y a proponer una regulación que no las deje desprotegidas, por ejemplo, para temas de herencia, impuestos, visitas y decisiones médicas. El Estado no se pronuncia acerca de la moralidad o no de estas costumbres, porque no es su función. En documentos anteriores se recomendaba regular exprofeso esas leyes, ahora propone una “ley de convivencia civil”.
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